Reunido el Comité Organizador de la Copa Suzuki Swift, en relación a los hechos imputados por Verificaciones finales a D. Miguel Ángel Blanco, piloto del vehículo 58 con licencia E-2106-AS.

Según la Decisión nº 3 del Colegio de Comisarios Deportivos del Rallye Príncipe de Asturias, se SANCIONA a D. Miguel Ángel Blanco, tras revisar el informe del Delegado Técnico en el que manifiesta que el vehículo número 58 carece de catalizador, y examinar los argumentos expuestos por Miguel Ángel Blanco, con la EXCLUSION de la prueba, como autor de una falta prevista en el Reglamento de la Copa Suzuki Swift y en las PCCCTE.

De acuerdo con lo estipulado en el Art. 15 (Anexo 2) del Reglamento Deportivo de la Copa Suzuki, este Comité organizador se reserva el derecho de aplicar unas sanciones específicas de dicho certamen, que serán independientes y adicionales a las que se apliquen por la R.F.E de A. y/o los Comisarios Deportivos.

Como autor de una falta prevista en los artículos 12 y 13 del Reglamento Deportivo de laCopa Suzuki Swift, y en consonancia con el artículo 15.2 del mismo reglamento, y tras haber sido excluido del rallye, y por lo tanto no corresponderle ni puntos ni primas,

ACUERDAN:

SANCIONAR a D. Miguel Ángel Blanco con:

La pérdida de 30 puntos que serán descontados de la Clasificación Final del certamen.

Y para que así conste a los efectos oportunos, expiden la presente en Madrid a 15 de septiembre de 2008.